La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.
Ciencia y Filosofía del Derecho
lunes, 20 de marzo de 2017
domingo, 19 de marzo de 2017
Características del Derecho
1.- Bilateralidad: capacidad del derecho de imponer deberes y obligaciones entre las personas. Un sujeto debe ocupar los dos lugares, el cumplimiento del deber y la exigencia de sus derechos.
2.- Coercibilidad: La coercibilidad está vinculada a la posibilidad del uso legal y legítimo de la fuerza para que se cumpla la ley y se hagan eficaces los preceptos de las normas.
3.- Generalidad: se refiere a la amplia gama de situaciones en los que se pueden aplicar las normas jurídicas.
4.- Legitimidad: son los parámetros que deben seguir las leyes para poder ser aplicadas de forma obligatoria.
5.- Permanencia: es la duración en el tiempo de la norma hasta que sea derogada o sustituida por una adaptada a las condiciones actuales del caso.
sábado, 18 de marzo de 2017
Evolución e historia del Derecho
Derecho en la época primitiva:
Corresponde al período antes de la creación del Derecho Romano. No existe mayor registro pero ya había conciencia primaria sobre la existencia de deberes y derechos básicos sociales.
Derecho Romano: o época Romanizada. Siglo III A.C. al siglo V d.C. Constituye las bases del derecho actual, época en la cual se constituyeron los preceptos del derecho como ciencia jurídica.
Derecho Visigodo: Siglos V a VIII d.C. Corresponde al derecho germánico con sus propias invenciones. Comenzó a tomar concepto la aristocracia, los hombres libres y los derechos y deberes que eran propios de cada uno.
Período de diferenciación jurídica: Siglo VIII a siglo XIII en el cual la invasión musulmana, separando a cada pueblo con sus propias normas adaptadas a las comunidades y órdenes sociales.
Derecho Común: siglos XIII y XVIII. se crea una tendencia a la superación del localismo jurídico y la recepción de un nuevo Derecho de origen romano-canónico que, difundido por Europa como "Derecho común", alcanza a España desde el siglo XII.
Constitucionalismo y Codificación: siglo XIX. Iniciando un proceso revolucionario cuyos fundamentos encontramos ya en el siglo anterior y sobre todo, es el siglo del Constitucionalismo y la Codificación, que nos introduce en el sistema jurídico vigente.
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Diferenciación Jurícica
viernes, 17 de marzo de 2017
Acepciones del Derecho y su definición
Derecho Positivo: sistema de normas que regulan a una determinada sociedad durante un momento histórico preciso, es el "deber ser".
Es aquel dirigido por una autoridad que se encarga de su cumplimiento, generalmente son los poderes públicos de las naciones. Se divide en Derecho Público: normas dictadas por organismos para ser cumplidas por la sociedad y en caso de no hacerlo conlleva una acción de coacción. Derecho Privado: aquel acordado entre las partes en relaciones particulares, puede ser entre empresas, el Estado, individuales, etc.
Derecho Natural: basado en las leyes de la naturaleza que deben ser reguladas ya que tienen causa y efecto sobre las personas dentro de una sociedad.
Derecho Subjetivo: es la facultad que tiene una persona para exigir de los demás, puede ser una conducta, una respuesta a una acción o acuerdo, etc.
Derecho Vigente: es aquel creado por el hombre para regir las conductas en sociedad. Generalmente se adaptan a situaciones y sociedades específicas según sus necesidades.
Derecho Válido: son aquellas normas que tratan un tema en específico, deben para ser válidas ser discutidas, sancionadas y promulgadas.
Derecho Eficaz: son aquellas normas que al ser aplicadas cumplen eficientemente su propósito y por lo tanto perduran en el tiempo.
jueves, 16 de marzo de 2017
Ramas del Derecho y sus Disciplinas Jurídicas
Conjunto de reglas más específicas, adaptadas a las diferentes disciplinas y áreas de la sociedad, ya que no es posible tratar el derecho de manera integrada porque cada rama tiene necesidades y características diferentes.
Derecho Constitucional: son las normas que rigen el funcionamiento del Estado, éstas viene reflejadas en la Constitución de cada nación.
Derecho Administrativo: es aquel que regula a las organizaciones, ya sean empresas, entes públicos, organismos del Estado o la administración pública en general.
Derecho procesal: garantiza el cumplimiento de las normas y de los procesos regulan la actividad jurisdiccional de un Estado haciendo valer el cumplimiento de la normativa y leyes.
Derecho Penal: es el encargado de imponer sanciones en caso del incumplimiento de las leyes y de garantizar la prevención de accionas que puedan ir en contra de la ley.
Derecho Internacional Público: regula las acciones y relaciones de un Estado con otro, relaciones entre las naciones y de aquellos acuerdos que puedan surgir entre las partes de la comunidad internacional. Garantiza los beneficios y respeto entre diferentes países.
Derecho Financiero: regula la actuación del Estado en materia monetaria y de presupuestos públicos nacionales, el uso que se otorga a los recursos y patrimonios de una nación.
Derecho Privado: es aquel mediador de relaciones entre particulares, su objetivo es mantener una posición de igualdad entre las partes involucradas y de regular sus actuaciones en determinada materia.
Derecho Civil: abarca las competencias del derecho privado pero en un plano social, de intereses, derechos y deberes de particulares dentro de una sociedad.
Derecho Internacional Privado: regula las relaciones internacionales comerciales, laborales y civiles entre miembros de diferentes países, garantizando a cada uno de ellos la igualdad y respeto de sus derechos.
Derecho Industrial: interviene en las relaciones comerciales y laborales de una organización y de las organizaciones dentro de una sociedad. Busca mantener el equilibrio entre los integrantes de la actividad comercial.
Derecho agrario: regula las relaciones jurídicas provenientes de la actividad agraria, ya sea privada entre particulares o pública por parte de un Estado sobre los recursos agrícolas de un país.
Derecho Social: dirige las relaciones sociales que sean de importancia jurídica para mantener el orden y equilibrio dentro de una sociedad.
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